Estado de México

Multas por violar suspensión de actividades en #Edomex

Marisela Aguilera

Los comercios no esenciales que insistan en abrir podrán ser multados hasta por 868 mil 800 pesos.

La clausura temporal y la definitiva son otras de las penalizaciones.

Los conductores de autos donde vayan muchas personas serán infraccionados.

La Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM) informó que a partir de hoy pueden suspender temporalmente los negocios y establecimientos que incumplan el acuerdo de cerrar todos los giros comerciales no son esenciales, y en caso de que locatarios reincidan, las multas podrían alcanzar los 868 mil 800 pesos, la clausura temporal o definitiva del establecimiento.

Sin embargo, la dependencia puntualizó que también los exhortos y las sanciones pueden ser ejercidas por personal de los ayuntamientos, el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México (INVEAMEX), Protección Civil estatal, y Seguridad Pública, instancias que pueden exhortar a las personas para que respeten la sana distancia y usen cubre bocas. 

En cuanto a las personas que no hagan caso o no quieran mostrar su identificación cuando se les solicite en los retenes que se van a instalar, por ejemplo un carro particular donde vayan como 10 personas, podrían hacerse acreedoras a tres tipos de sanciones: amonestación, multa y, en caso muy extremo, el arresto, que puede ser de hasta 36 horas, según lo determine el Oficial Conciliador.

En el caso de las infracciones de tránsito a los vehículos que incumplan con el Hoy No Circula, algunos ayuntamientos aplicarán las multas, además llevarán a cabo verificaciones aleatorias para asegurar que el transporte público cumpla con las medidas sanitarias correspondientes, como el uso de cubre bocas y de gel antibacterial. 

En Metepec, la infracción por violar la suspensión de actividades irá de cuatro mil 344 pesos (50 UMAS) a los seis mil 950 pesos (80 UMAS), según el giro del comercio. Por ejemplo, una estética podría considerar la infracción de 50 UMAS, y todo aquel establecimiento con venta de alcohol es de 80 UMAS. 

De no acatar la infracción, se realizará la clausura del establecimiento, teniendo que cubrir ocho mil 688 pesos (100 UMAS), para el caso de las unidades económicas con venta de alcohol, y el cumplimiento de las medidas sanitarias, previa comprobación, para determinar su posible apertura.

La Secretaría de Movilidad indicó que será personal del Inveamex, junto con personal de las delegaciones de Transporte, quienes llevarán a cabo revisiones aleatorias, sobre todo en 10 municipios donde se concentra la movilidad en el estado de México, entre ellos Nezahualcóyotl, Naucalpan. Ecatepec y Toluca. 

“Son sobre todo los usuarios los que no quieren asumir las medidas de seguridad recomendadas a nivel estatal y federal, lo que nos preocupa mucho porque la cifra de usuarios de transporte entre la Ciudad de México y la entidad es muy grande, lo que pone en un riesgo superior a las personas”, dijo el secretario Raymundo Martínez Carbajal. 

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