Estado de México

Francisco Peña recibirá salarios atrasados como delegado municipal de Ocoyoacac

Marisela Aguilera

El TEPJF determinó que Peña es un servidor público y como tal tiene derecho a recibir una remuneración por sus funciones.

El ayuntamiento de Ocoyoacac deberá modificar el presupuesto de 2020 para cubrir a Peña el pago correspondiente.

El pago al delegado será retroactivo al 1 de enero del 2020. 

Luego de que la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que las autoridades auxiliares deben percibir una remuneración, Francisco Peña Peña, delegado municipal de la Marquesa, municipio de Ocoyoacac, quien promovió el juicio, demandó al ayuntamiento el pago de sus salarios. 

El TEPJF resolvió revocar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México y determinó que el ciudadano mencionado es un servidor público y tiene el derecho a recibir una dieta por el desempeño de las funciones atinentes. Por lo anterior, ordenó al ayuntamiento de Ocoyoacac que le otorgue la cantidad quincenal que corresponda, para ello deberá tener en cuenta formular la modificación al presupuesto de egresos 2020 y cubrir a Peña Peña el pago de la dieta que corresponda a partir del 1 de enero de 2020 a la fecha. También fijar el monto del salario, tomando en cuenta que debe ser adecuada y proporcional a sus responsabilidades, al tiempo que debe dedicar al desempeño de sus funciones y considerar que se trata de un servidor público auxiliar. 

El Cabildo del gobierno de Ocoyoacac tiene un plazo de 10 días hábiles a partir la notificación de la sentencia para sesionar y determinar la dieta y las previsiones presupuestales correspondientes, tanto para el pago retroactivo como para los sucesivos, debiendo informar de ello a Sala Regional Toluca, dentro de las 24 horas siguientes, acompañando al efecto la documentación correspondiente. 

El Cabildo deberá sesionar a través de reuniones no presenciales o virtuales para dar cumplimiento a la ejecutoria o mediante la forma que estimen pertinente siempre guardando los debidos cuidados que en materia de salud han sido determinados por el Consejo de Salubridad. Una vez aprobada la modificación respectiva a su presupuesto de egresos, la administración municipal deberá informarle al Congreso del Estado de México. 

El Ayuntamiento deberá cubrir a Francisco Peña la cantidad que corresponda al pago retroactivo de dietas dentro del plazo de 30 días hábiles contados a partir de que se lleve a cabo la sesión de Cabildo, los salarios regulares deberán cubrirse en la quincena siguiente a dicha sesión. 

Se vincula a la Legislatura mexiquense para que de ser necesario, con base en la propuesta de modificación del presupuesto que le formule el gobierno municipal, conforme a sus atribuciones, determine lo conducente en poco tiempo, con el fin de dar cabal cumplimiento a la ejecutoria de la Sala Regional. 

Asimismo, se vincula a la Contraloría interna del Ayuntamiento de Ocoyoacac, a fin de que requiera y vigile el cumplimiento de las declaraciones, como podrán ser entre otras, la de incompatibilidades y de conflicto de intereses que, en su caso, deberá presentar Francisco Peña Peña, en su carácter de servidor público, con motivo del desempeño del cargo de delegado municipal. 

La resolución de la Sala Regional Toluca, puede ser recurrida por el Ayuntamiento de Ocoyoacac, para que sea revisada y resuelta por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en tanto se impugna o no la resolución, los efectos solamente benefician a Francisco Peña Peña y no tiene efectos a favor de otros delegados.

El pago del salario tendría efectos retroactivos al 1 de enero de 2020, exclusivamente para este ciudadano.

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