A partir del 9 de octubre, las transferencias en la UE ya no serán iguales. Entra en vigor una nueva verificación bancaria
Abres la app del banco, eliges “Transferencia”, pegas el IBAN, escribes el nombre del destinatario y confirmas. Hoy, 7 de octubre de 2025, si ese nombre no coincide exactamente con el titular de la cuenta, lo habitual es que el pago se ejecute sin alertas. A partir del 9 de octubre, ese gesto tan cotidiano cambia. En la UE, empezando por las entidades del área del euro, el banco deberá comprobar si el nombre que introduces cuadra con el del IBAN antes de autorizar el envío. La idea es sencilla, que el dinero llegue a quien debe.
Hasta ahora, los bancos europeos no estaban obligados a comprobar si el nombre del beneficiario coincidía con el IBAN antes de ejecutar una transferencia. El sistema se basaba únicamente en el número de cuenta, lo que permitía que los pagos se procesaran aunque el nombre no fuera correcto. Algunos países, como los Países Bajos, habían desarrollado por su cuenta mecanismos de comprobación como el “IBAN-Naam Check”, pero no existía una norma común. El nuevo reglamento europeo corrige esa disparidad y establece un procedimiento uniforme para todo el bloque.
Tres posibles mensajes. Cuando el banco coteje el nombre y el IBAN, la respuesta podrá ser una de tres.

Coincidencia total, coincidencia parcial y sin coincidencia. Imagen: CaixaBank
- Coincidencia total. Si los datos coinciden plenamente, la transferencia se validará sin avisos adicionales.
- Coincidencia parcial. Si hay ligeras diferencias (una letra cambiada, una tilde ausente o un nombre abreviado) aparecerá una alerta indicando coincidencia parcial. En ese caso, el usuario podrá revisar los datos o continuar bajo su responsabilidad.
- Sin coincidencia. Si no existe ninguna coincidencia, el sistema avisará de que los datos no cuadran, sin mostrar el nombre real del titular por motivos de privacidad.
Advertencia, no bloqueo. Recibir una alerta no significa que el pago se bloquee. El sistema está diseñado para informar, no para impedir la operación. Incluso si el nombre y el IBAN no coinciden, el usuario podrá seguir adelante con la transferencia bajo su propia responsabilidad. Lo que cambia es la transparencia del proceso. Antes no se sabía si los datos encajaban; ahora el banco te lo mostrará antes de ejecutar el envío. La decisión final seguirá siendo tuya.
Estándar, inmediata y periódica. La verificación se aplicará tanto a las transferencias SEPA estándar como a las inmediatas, sin coste adicional para el usuario. Una de las entidades de pago que ha detallado cómo funcionará el proceso es Nickel. Según explica, las transferencias periódicas programadas antes del 9 de octubre de 2025 no estarán sujetas a la comprobación del beneficiario, aunque su ejecución sea posterior. Solo se verificará la coincidencia en las nuevas órdenes creadas a partir de esa fecha y una única vez, en el momento de configurarlas.
Ausencia de verificación. Según también explica Nickel, puede ocurrir que el sistema no logre cotejar el nombre con el IBAN. Este fallo, señala la compañía, puede deberse a problemas de comunicación entre bancos o a limitaciones técnicas puntuales. En ese caso, la entidad indica que procederá igualmente con la transferencia, sin que el sistema confirme la coincidencia del beneficiario. La propia Nickel aconseja cancelar la operación si existen dudas sobre el destinatario, especialmente cuando se trata de importes elevados o cuentas poco habituales.
El origen de la medida está en el repunte de fraudes bancarios en la última década. Las instituciones europeas, encabezadas por la Comisión y el BCE, consideraron que el sistema SEPA necesitaba un mecanismo de comprobación del beneficiario para prevenir pagos erróneos. Con la nueva norma, cada transferencia incluirá una verificación automática que actúa como filtro informativo. No retrasa el envío, pero ofrece una advertencia que antes no existía.

Vishing, smishing, romance y BEC. Detrás del cambio normativo están los fraudes que proliferan en Europa y que los bancos intentan frenar con nuevas herramientas de verificación. El vishing, por ejemplo, utiliza llamadas telefónicas falsas para hacerse pasar por empleados bancarios o autoridades. El smishing llega por SMS con mensajes que simulan ser del banco o de una empresa de envíos. También se han extendido las estafas románticas, donde se gana la confianza de la víctima antes de pedir dinero, y el fraude del CEO, en el que un supuesto directivo ordena transferencias urgentes y confidenciales.
Más allá de las diferencias entre modalidades, casi todas las estafas bancarias comparten el mismo patrón. Utilizan técnicas de manipulación psicológica para generar urgencia, miedo o confianza, y se apoyan en la suplantación de identidad para parecer legítimas. En la mayoría de los casos, buscan que el usuario realice una transferencia bancaria, aprovechando emociones como la preocupación, la empatía o la presión jerárquica. La verificación del beneficiario no elimina estos riesgos, pero sí puede actuar como una pausa que permita detectar el engaño a tiempo.
Antes de pulsar “Enviar.” Detenerse unos segundos puede marcar la diferencia. Antes de confirmar una transferencia, conviene revisar con calma el nombre y el IBAN del destinatario, especialmente si se trata de una cuenta nueva o de un cambio reciente. Si el aviso del banco indica una coincidencia parcial o sin coincidencia, lo más prudente es verificar los datos por un canal distinto (una llamada directa o una web oficial). Y, ante la mínima sospecha, cancelar siempre es mejor que lamentar.
Qué bancos, qué países, qué plazos. La verificación del beneficiario será obligatoria para todos los proveedores de servicios de pago establecidos en la Unión Europea que gestionen transferencias en euros dentro del espacio SEPA. Esto incluye bancos, entidades de pago y fintech autorizadas. Como ya mencionamos, el Reglamento (UE) 2024/886 fija el inicio de la aplicación práctica el 9 de octubre de 2025.