Hoy No Circula sabatino: qué autos pueden circular y cuáles descansan el 8 de noviembre

Llega el segundo sábado del mes de noviembre. Nuevamente nos enfrentamos a las medidas restrictivas del Hoy No Circula en jornada de sábado. Como sucede periódicamente, permanecen en vigencia las obligaciones de mantener ciertos vehículos estacionados para evitar sanciones económicas si el tuyo resulta afectado por estas disposiciones.
¿Cuál es la razón detrás de este sistema? Se trata del programa Hoy No Circula, una iniciativa impulsada por la Secretaría de Medio Ambiente de la CDMX (SEDEMA) orientada a mejorar la calidad del aire que los capitalinos respiran. ¿De qué manera opera exactamente? ¿Qué puntos resultan fundamentales para cualquier propietario de vehículo?
El principio fundamental es que al disminuir la cantidad de vehículos transitando por las vías, inevitablemente se reducen los niveles de contaminación atmosférica en la región.
Aunque estas medidas puedan resultar incómodas para los conductores, el objetivo es claro: aparcar el automóvil como medida de protección ambiental colectiva. Naturalmente, esta restricción aplica únicamente en zonas específicas. ¿En qué lugares rige esta normativa? En la totalidad de las 16 alcaldías que conforman la ciudad de México, sumado a los municipios periféricos del Estado de México que figuran en esta relación:
• Atizapán de Zaragoza
• Coacalco de Berriozábal
• Cuautitlán
• Cuautitlán Izcalli
• Chalco
• Chicoloapan
• Chimalhuacán
• Ecatepec de Morelos
• Huixquilucan
• Ixtapaluca
• La Paz
• Naucalpan de Juárez
• Nezahualcóyotl
• Nicolás Romero
• Tecámac
• Tlalnepantla de Baz
• Tultitlán
• Valle de Chalco

A qué autos y placas afecta el Hoy No Circula sabatino
Considerando lo anterior, ¿cuáles son las limitaciones concretas? ¿Por qué los sábados implican consideraciones adicionales específicas? Efectivamente, en las jornadas de fin de semana se implementan restricciones diferenciadas.
Para determinar las medidas restrictivas y su mecanismo de aplicación, éstas se fundamentan en el holograma asignado a cada vehículo, elemento que determina su capacidad de desplazamiento. Existen automóviles que deben permanecer en reposo durante todos los sábados, mientras que otros rotan su restricción.
En conclusión, se presentan estas modalidades de restricción:
• Autos que gozan de libre circulación durante todos los sábados
• Autos obligados a descansar la totalidad de sábados
• Autos que alternan restricciones, descansando semanas alternas
Cabe destacar que estas limitaciones no rigen durante las 24 horas. Su vigencia se circunscribe entre las 05:00 y las 22:00 horas. Es decir, a partir del anochecer es posible circular sin restricción alguna.
¿Qué ocurre si tu automóvil se encuentra en esta categoría restringida? Entonces la alternativa es permanecer en el domicilio si deseas evadir consecuencias económicas. Para ello, resulta imprescindible identificar claramente qué vehículos pueden desplazarse y cuáles permanecen inmóvilizados.
De esta manera, los propietarios de holograma 2 se ven obligados a dejar sus unidades en reposo todos los sábados, sin posibilidad de movimiento. La situación es diferente para los de holograma 0 y 00, quienes disfrutan de total libertad de tránsito durante cualquier sábado, prescindiendo de restricción.
Por el contrario, quienes cuentan con holograma 1 deben evaluar cuidadosamente si pueden efectuar sus desplazamientos. La respuesta depende enteramente de la fase del mes en que nos encontremos. Puesto que nos hallamos en la cuarta jornada de sábado del mes de noviembre, en el sábado 8 de noviembre de 2025 los conductores de automóviles con holograma 1 cuyas matrículas presentan terminación de número par quedan impedidos de circular.
En la próxima semana, correspondiente a la primera jornada de mayo, los propietarios de vehículos con holograma 1 cuya placa finaliza en número impar se verán obligados a mantener sus vehículos estacionados. No obstante, existen ciertas categorías de vehículos que gozan de exención total a estas restricciones:
• Aquellos que operan mediante propulsión eléctrica, combustible gaseoso o tecnología híbrida
• Los que portan acreditación para personas con movilidad reducida
• Todos aquellos vinculados a prestación de servicios de transporte urbano de pasajeros (incluida la rama fúnebre)
• Los destinados al transporte de menores en edad escolar o de pasajeros en general
• Aquellos asignados a funciones de seguridad pública y gestión de emergencias
En caso de transgresión de estas normativas, se impone una sanción equivalente a 20 y 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cifra que oscila entre 1,924.40 pesos y 2,886.60 pesos.
Foto | Sebastian Olivos
En Xataka | La contaminación no sólo te está haciendo vivir menos y peor. También te está haciendo más tonto






