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Adiós al olor a croqueta en Toluca, promueve Ruth Salinas.

La parlamentaria propuso sanciones de hasta 4.5 millones de pesos por contaminación odorífica u olfativa (malos olores e interacción nociva de químicos volátiles que son inhalados por la nariz).

Reprochó que en la capital mexiquense prevalezca el ‘olor a croqueta’, pues aseguró que se trata de una de las formas de deterioro ambiental.

Bajo el lema ‘Adiós al mal olor en Toluca’, la diputada Ruth Salinas Reyes (MC) planteó sanciones de hasta 4 millones 525 mil 600 pesos por actividades industriales, comerciales o productivas de alto impacto que emitan contaminación odorífica u olfativa (malos olores e interacción nociva de químicos volátiles que son inhalados por la nariz) que afecte zonas habitacionales, sin contar con medidas de mitigación.Al exponer su propuesta para reformar el Código para la Biodiversidad estatal, la proponente destacó que se busca incluir a este tipo de contaminación como una de las formas de deterioro ambiental y a la salud, por lo cual debe prohibirse y sus efectos deben repararse.

“La emisión de olores, por parte de industrias que fabrican grenetina y procesan pieles, así como empresas alimenticias que desprenden compuestos durante la cocción de alimentos ricos en azufre, calcio y magnesio, provocan que en la ciudad exista un inconfundible olor a comida de mascotas”, reprochó.

En este sentido, señaló que propone una corresponsabilidad, entre particulares y el Estado, en las obligaciones de reparación del daño en favor del medio ambiente, especialmente cuando se afectan a comunidades densamente pobladas, por lo que contempla la suspensión de cualquier actividad que genere esta contaminación, en tanto no se tomen medidas correctivas para evitarla.

Detalló que se sancionaría, con el equivalente de 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) (11 mil 314 pesos) y hasta tres mil veces este valor (339 mil 420 pesos), a quien, por actividades domésticas, comerciales o productivas de bajo impacto, emitan contaminación odorífica que afecte zonas habitacionales, sin contar con medidas de mitigación.

Adicionalmente, se sancionaría con el pago de multa por el equivalente de 500 veces el valor diario del UMA (56 mil 570 pesos) y hasta 40 mil veces (4 millones 525 mil 600 pesos) por actividades industriales, comerciales o productivas de alto impacto que emitan contaminación odorífica que afecte zonas habitacionales, sin contar con medidas de mitigación.

Puntualizó que, cuando se presenten problemas de destrucción, contaminación, degradación, desertificación, desequilibrio del hábitat de la vida silvestre o afectaciones a la salud por contaminación odorífica, la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible ejecutará programas de prevención, de atención de emergencias y de restauración para la recuperación, remediación, rehabilitación y restablecimiento de las condiciones que propician la habitabilidad, evolución y continuidad de los procesos naturales de la vida silvestre.

Además, la iniciativa considera a la contaminación odorífica al tipo de contaminación atmosférica que genera exposición involuntaria a olores desagradables, provenientes del desarrollo de actividades industriales y humanas que liberan moléculas odoríferas al medio ambiente, que se caracterizan por ser volátiles, lo cual resulta en una calidad del aire no óptimo para el ser humano, afectando en algunas ocasiones su salud.

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