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En la disputa entre Guaya y Venezuela por el Esequibo, Guterres recuerda que las decisiones de la Corte Internacional son vinculantes

“El Secretario General apoya firmemente la utilización de medios exclusivamente pacíficos para resolver las controversias internacionales”, dijo este miércoles su portavoz.

Stephane Dujarric hizo esas declaraciones durante su rueda de prensa diaria en Nueva York y tras la decisión pasado viernes adoptada por la Corte Internacional de Justicia en vísperas del referéndum que Venezuela celebró el domingo un referéndum sobre el futuro del Esequibo, zona rica en petróleo, minerales y gas en su extensión marítima y que está administrado y controlado por Guyana.

En su fallo, la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, pidió a Venezuela abstenerse de cualquier acción que modifique la situación actual del Esequibo.

Los magistrados del máximo órgano judicial de la ONU fallaron también de manera unánime que ambas partes deben abstenerse “de cualquier acción que pueda agravar o extender la controversia ante la Corte o hacerla más difícil de resolver”.

Dujarric indicó que el Secretario General recordaba además que, de conformidad con la Carta y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, sus decisiones de son vinculantes, por lo que confía en que ambos Estados cumplan debidamente su orden

También señaló que Guterres toma nota tanto de la decisión unánime de la Corte de ordenar a Venezuela que «se abstenga de tomar cualquier acción que modifique la situación que actualmente prevalece en el territorio en disputa», como de la orden de la Corte a ambas Partes de abstenerse de cualquier acción que pueda agravar o extender la disputa o hacerla más difícil de resolver.

De conformidad con el Estatuto de la Corte, el Secretario General transmitió la notificación de las medidas provisionales ordenadas por la Corte al Consejo de Seguridad.

Contencioso de larga data

El Esequibo es un territorio de 160.000 kilómetros cuadrados localizado en la marca divisoria entre ambos países que Venezuela siempre ha considerado propio debido a que se encontraba dentro de sus fronteras en la época de la Colonia.

Su disputa empezó en 1899, cuando Guyana era una colonia británica y los árbitros internacionales trazaron una nueva frontera.

En febrero de 1966, después de cuatro años de negociaciones, Venezuela, Gran Bretaña y la Guayana Británica -cuyo nombre cambio a Guyana al ser un Estado independiente-, firmaron en Ginebra un Acuerdo que estableció los mecanismos para revisar la controversia y buscar soluciones satisfactorias. Desde entonces, Venezuela tiene como marco jurídico y político ese tratado en su reclamación del Esequibo.

En marzo de 2018, Guyana solicitó a la Corte iniciar un proceso contra Venezuela, pidiéndole que confirmara la validez jurídica y vinculante del “Laudo sobre el Límite entre la Colonia de la Guayana Británica y los Estados Unidos de Venezuela” del 3 de octubre de 1899”.

Más de dos años después, el 18 de diciembre de 2020, el tribunal se declaró competente para considerar la demanda de Guyana, aunque sin jurisdicción para atender los reclamos guyaneses referentes al Acuerdo de Ginebra.

La Corte fijó el 8 de marzo de 2022 y el 8 de marzo de 2023 como plazos respectivos para la presentación de una memoria por parte de Guyana y una contramemoria por parte de Venezuela. La memoria de Guyana fue presentada dentro del plazo.

El 7 de junio de 2022, Venezuela planteó excepciones preliminares a la admisibilidad de la solicitud de Guyana. La Corte fijó el 7 de octubre del mismo año como límite para que Guyana expusiera por escrito sus observaciones y argumentos sobre dichas excepciones preliminares. Guyana cumplió con el plazo fijado.

Del 17 al 22 de noviembre de 2022 se llevaron a cabo audiencias públicas sobre las excepciones preliminares interpuestas por Venezuela.

El 6 de abril de 2023, la Corte dictó su sentencia, determinando que tiene competencia para examinar el caso y que puede pronunciarse sobre las reclamaciones de Guyana, en la medida en que entren dentro del alcance de su sentencia del 18 de diciembre de 2020.

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