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No más de la letra con sangre entra

Ningún docente podrá castigar con métodos violentos a los niños, niñas y adolescentes si se aprueba la ley que así lo establece

Por: Carolina Sosa

La diputada de Morena Karina Labastida Sotelo propuso prohibir castigos corporales a niños, niñas y adolescentes, pues en la actualidad seis de cada 10 menores de entre uno y 14 años han experimentado algún método violento de disciplina infantil en sus hogares.

La propuesta, que ya fue turnada a comisiones, establece que el personal docente no podrá usar castigo corporal o humillante. La diputada informó que conforme a la Encuesta Nacional de Niños, Niñas y Mujeres en México (ENIM), el 63% de los menores de uno a 14 años de edad fueron sometidos al menos a una forma de castigo psicológico o físico por miembros del hogar.

En el caso de los niños más severamente maltratos, sostuvo que son quienes tienen entre cinco y nueve años, al alcanzar un porcentaje de 7.2% de hogares violentos.

Señaló que es necesario que en la ley se reconozca el castigo corporal, físico y otras formas de castigos humillantes, crueles o degradantes que sean catalogados como forma de violencia y perjuicio.

Asimismo, refirió que la “Convención sobre los Derechos del Niño”, se comprometió a que todos los estados adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a los niños contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras que el menor se encuentre bajo la custodia de los padres, representante legal o tutor.

De la misma forma, Labastida Sotelo aseveró que el tema pone en relieve que no existe espacio para ningún grado, ni forma de violencia legalizada en contra de las niñas, niños y adolescentes, por lo que los castigos corporales, físicos o psicológicos deben erradicarse.

La iniciativa contempla que la convivencia podrá suspenderse de acreditarse el uso del castigo corporal, del castigo humillante, así como de cualquier otro tipo de violencia ejercida sobre la niña, niño o adolescente como medida disciplinaria o de crianza o educación.

Además se establece la obligación de toda persona que tenga conocimiento de que una niña, niño o adolescente sea víctima de castigo corporal, humillante o cualquier tipo de violencia debe hacerlo del conocimiento de la autoridad competente.

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